Trabajo
Práctico – Semiótica I
Las
noticias seleccionadas para analizar en
este trabajo son las relacionadas a las “supuestas irregularidades
en la adopción de los hijos de la señora Ernestina Herrera de
Noble”, dueña del multimedios Clarín. Las fuentes de las noticias
analizadas provienen del mismo diario Clarín y de Página 12.
En el párrafo
anterior usted se preguntará por qué encerramos entre comillas el
fragmento: supuestas irregularidades en
la adopción de los hijos de la señora Ernestina Herrera de Noble.
La explicación, está claro, la deberían dar los propios medios. Lo
que sí podemos resaltar nosotros, es la clara deformación de la
naturaleza del hecho, que en realidad se podría presentar como la
apropiación de identidad de dos niños en el marco de un plan
sistemático de robo de bebés producido en la última dictadura
argentina entre 1976 y 1983; todo esto ya sido comprobado por la
justicia. Además, esta manera de denominar “irregular adopción”
al hecho en cuestión, no solo oculta el verdadero delito de
apropiación de personas y sustitución de identidades, sino que
ignora los potenciales delitos de secuestro, tortura, asesinato y
desaparición de los cuerpos de los padres de las criaturas
“irregularmente adoptadas”.
Esta deformación
de los hechos, la manera de presentarle a la sociedad este caso, no
es casual. Quizás se podría argumentar que ambos medios se cuidan
de no denominar al caso como medida de precaución para evitar
posibles juicios o querellas de las partes interesadas. Pero, el
marcado interés de los medios, sobre todo de Clarín, y lo
emblemático del caso para la justicia y la historia reciente de
nuestro país echan por tierra tal argumentación. Otra muestra de
ello, es la manera en que dichos medios tratan otras noticias donde
tanto en los titulares como en los corpus de las mismas se da rienda
suelta a todo tipo de sentencias y acusaciones sobre las que la
justicia aún no se ha expedido.
Esta deformación
del signo responde a los intereses bien
marcados de las partes. Detrás de una irregular adopción está en
juego una guerra de poderes. Y esta misma guerra de poderes es
utilizada para atraer a la opinión pública que juega un papel
esencial en esta relación de fuerzas. Desde una perspectiva
pierciana, podemos afirmar que la deformación intencionada del signo
conduce a una interpretación distorsionada de la realidad que
pretende representar dicho signo. Marafioti afirma al respecto que
“el carácter presentativo de un signo está en sus características
o cualidades con prescindencia de toda
relación que tenga con el objeto; el
carácter representativo del signo concierne a la relación o
correlación entre el signo y el objeto.”
Para
graficar con un ejemplo la utilización argumentativa de la
información tomada como signo nos centraremos en las noticias que
aluden al allanamiento que se produjo el
día 28 de mayo de 2010, cuando la jueza a cargo de la causa decidió
obtener material genético para ser utilizado en las pruebas de ADN
que esclarecerían el caso. Veamos los titulares de ambos
periódicos:
Clarín.com 29-05-2010
Caso Noble Herrera: insólito y vejatorio procedimiento judicial
Secuestraron ropa íntima y prendas personales en un nuevo
allanamiento.
Aquí vemos claramente como de un
mismo hecho, se forman dos titulares (signos) que actúan interesada
e intencionalmente, con mayor o menor grado de veracidad, para que la
opinión pública tome como propias las posturas propias de los
periódicos.
En el caso de Clarín, el titular
(Caso Noble Herrera: insólito y vejatorio procedimiento judicial)
provoca en el lector la idea de que se ha llevado a cabo un hecho
insólito y vejatorio. Veamos qué significa cada término con
el que se caracteriza el proceso judicial:
- insólito: Del lat. insolĭtus. Raro, extraño, desacostumbrado.
¿Cuál es la
intencionalidad de clarín a la hora de construir este titular? Como
parte interesada que es, por ser un multimedios que pertenece a la
señora de Noble, implicada directamente en el caso, Clarín nos
informa que la aplicación de una norma judicial para la obtención
de pruebas del caso Herrera Noble es un acto fuera de lo normal,
amoral e incluso humillante para quienes tuvieron que sacarse la ropa
ante los efectivos que llevaron a cabo la instrucción del juez.
Página/12 29-05-2010
EL
PAIS › ALLANARON LOS
DOMICILIOS DE MARCELA Y FELIPE NOBLE HERRERA Y OBTUVIERON NUEVAS
MUESTRAS DE ADN
Un estudio como lo manda la ley
Después de una
audiencia de dos horas, en la que los jóvenes se negaron a dar su
conformidad para cualquier análisis, la jueza obtuvo nuevas muestras
de ADN. Se cruzarán con todas las familias del Banco de Datos
Genéticos.
Mientras que en el
titular de Página 12 (Un estudio como lo manda la ley), vemos
una connotación totalmente diferente con respecto al titular y a la
noticia presentada por Clarín. En este caso el titular principal se
encarga de dejarle bien en claro al lector que las pruebas de ADN,
que se realizarán para verificar si los hijos de la señora de Noble
son hijos de desaparecidos, se ajustan perfectamente a las normas
legales vigentes. Además, la obtención de muestras realizada por
los peritos es relatada sin ninguna connotación negativa.
Ahora bien, para entender
mejor las idas y vueltas de este emblemático caso, veamos un resumen
histórico de sus hechos más sobresalientes:
1. La causa se inició en
1999 con la presentación de dos familias de desaparecidos que
reclaman la filiación de los hijos adoptivos de la dueña de Clarín,
Ernestina Herrera de Noble. Las familias son Gualdero-García y
Miranda-Lanouscou. La primera reclama por la identidad de Felipe y la
segunda por la de Marcela.
2. En 2007, por resolución
judicial, se aceptó en la causa a las Abuelas de Plaza de Mayo como
querellantes, en representación de las demás familias de
desaparecidos que tuvieron hijos en cautiverio en 1976 y que también
quieren saber si los hijos adoptivos de la dueña de Clarín pueden
ser hijos suyos.
3. La adulteración de los
expedientes de adopción y la fecha en que fueron adoptados Marcela y
Felipe (entre mayo y junio de 1976) son los dos elementos que abren
la sospecha de que los hijos de la dueña de Clarín podrían ser
hijos de desaparecidos.
4. La causa se inició con
el juez federal Roberto Marquevich quien, el 17 de diciembre de 2002,
ordenó la detención de Ernestina Herrera de Noble por el delito de
falsedad ideológica de documento público. Marquevich fue destituido
por mal desempeño a causa de esa detención y l a empresaria fue
liberada.
5.
El expediente pasó a manos de Conrado Bergesio, a cargo del juzgado
federal Nº2 de San Isidro. Este juez tuvo la causa hasta el 29 de
abril de este año. Fue removido por la Cámara Federal de San
Martín, a pedido de la fiscal federal Rita Molina, quien consideró
que Bergesio había dilatado innecesariamente la instrucción. La
causa pasó a manos de Sandra Arroyo Salgado, titular del juzgado
federal Nº1 de San Isidro.
6. Después de
varias idas y vueltas entre impugnaciones, recusaciones, etc. se
inició el análisis de histocompatibilidad entre el material
genético de Marcela y Felipe y las 500 muestras de familiares de
desaparecidos que se encuentran a resguardo en el Banco Nacional de
Datos Genéticos (BNDG). Por ley, el análisis debe hacerse allí.
La frecuencia con
la que las noticias correspondientes a este caso salen a la luz en
ambos periódicos, se condice con las medidas judiciales que hacen
que la causa avance y por las declaraciones de las partes que
provocan dichos cambios. Es decir, mientras no hay cambios en la
causa esta noticia prácticamente desaparece de los diarios,
permanece oculta hasta que al producirse el menor cambio, la noticia
despierta una suerte de ráfagas informativas con las que ambos
periódicos pretenden argumentar su posición tomada a través de
análisis de “especialistas”, notas solicitadas de las partes,
entrevistas, testimonios, resúmenes de la causa, etc.
Aunque es preciso
aclarar la siguiente curiosidad: desde 1999 (inicio de la causa)
hasta la actualidad nunca el diario Clarín presentó un resumen de
la causa o explicó detalladamente cómo es que estas adopciones se
llevaron a cabo. Su “defensa” consiste en aclarar que fue un acto
de amor, que la identidad de Felipe y Marcela son un derecho de ambos
pero jamás una obligación o que esta causa sólo es parte de una
persecución del gobierno contra el multimedios Clarín.
Pero la verdad es que Clarín jamás relata cómo empezó todo. Esta
información sólo nos es brindada por Página 12 ateniéndose a la
información que figura en el expediente de la causa:
Página12 – 10 de abril de 2010.
“Según el expediente de adopción de Marcela, el 13 de mayo de
1976 la viuda del fundador de Clarín se presentó ante la jueza
Ofelia Hejt, de San Isidro, con una beba en sus manos. Dijo que la
había encontrado once días antes en una caja abandonada en la
puerta de su casa de Lomas de San Isidro y ofreció como testigos a
una vecina y al cuidador de la casa de la vecina. En 2001, Roberto
Antonio García, de 85 años, declaró ante el juez Roberto
Marquevich que nunca fue cuidador de esa casa. Su trabajo durante
cuarenta años fue como chofer de Roberto Noble y, tras su muerte en
1969, de la viuda. Tampoco la presunta vecina vivía allí, según
declaró su nieta y corroboró la policía. El juez confirmó en
registros oficiales otra afirmación del chofer: la señora de Noble
no vivió en la casa que declaró.
El expediente de adopción de Felipe sostiene que la madre, Carmen
Luisa Delta, se lo entregó a la jueza Hejt el 7 de julio de 1976. El
mismo día, sin disponer un estudio ambiental ni determinar las
circunstancias del nacimiento, la jueza concedió la guarda a la
viuda de Noble. Marquevich determinó que la señora Delta nunca
existió. Según Abuelas, el dato falso sobre el domicilio en San
Isidro y la omisión del sistema de turnos fueron decisivos para
determinar la competencia del tribunal. (Hejt, ya fallecida, es la
misma jueza que en abril de 1977, sin disponer medidas para ubicar a
su familia y pese a las evidencias de que sus padres habían sido
secuestrados por el Ejército, entregó en guarda a Andrés La
Blunda, de tres meses, quien recuperó su identidad en 1984.)”
Otro dato curioso y que afirma la
hipótesis de Clarín de que esta causa es simplemente el producto de
un enfrentamiento de intereses entre el gobierno y el poderoso
multimedios es que las noticias correspondientes a la causa aparecen
en Clarín en la sección denominada “Política”, y no en
“Policiales”.
Más, o menos, cerca de la verdad,
queda expuesto que la utilización de la información y la
deformación de la misma es una práctica corriente e incluso
política y socialmente aceptada en los medios de nuestro país.
Tanto en la prensa gráfica como la escrita, por no hablar de la
prensa en general, la función del signo con el que se transmite
una información, en cuanto a “entrar en relación con un objeto o
representar a ese objeto” es distorsionada intencionalmente
deformando aquello que pretende representar.
Bibliografía
- Diario Clarín. Versión digital. 09/04/2010 – 23/04/2010 – 29/05/2010.
- Diario Página 12. Versión digital. 09/04/2010 – 10/04/2010 – 22/04/2010 – 29/05/2010
- Marafioti, Roberto. “Charles S. Pierce: El Éxtasis de los signos”. Editorial Biblos. Buenos Aires. 2005.
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